¿Qué puede ocurrir cuando sucede un despido?
Si no ha sido posible llegar a un acuerdo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliaciones (SMAC), y tampoco antes de llegar al juicio, las consecuencias pueden ser tres:
- Que el despido sea considerado improcedente: la empresa podrá optar bien por la readmisión del trabajador abonando los salarios de trámite (desde la fecha al despido) o bien abonar una indemnización de 33 días por año de trabajo con un máximo de 24 mensualidades (en caso tener una antigüedad anterior a 2012, es posible que sea de 45 días por año trabajado y con un máximo de 48 mensualidades).
- Que el despido sea considerado como nulo: cuando el despido se hubiera efectuado en caso de discriminación o vulnerando los derechos fundamentales y libertades públicas. los ejemplos más típicos son en embarazos, lactancia, permisos parentales, en baja o incapacidad temporal. Las consecuencias son 1) la readmisión inmediata; 2) los salarios de trámite (los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de la sentencia, incluyendo las cotizaciones y retenciones necesarias) y, 3) en su caso, una indemnización por vulneración de derechos fundamentales (puede ir desde lo 7.500€ hasta los 200.000€ aproximadamente, dependiendo del alcance y gravedad de la vulneración).
- Que el despido sea procedente: convalida la extinción del contrato de trabajo y, en caso de despido disciplinario, no existirá el derecho a indemnización. En caso de despido objetivo, se abonaría la indemnización tasada de 20 días por año de servicio con el máximo de 12 mensualidades.
